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SECCION SINDICAL UGT COMPONENTES VILANOVA

PROCESO DE IT EN VACACIONES

 

 

Ponemos en conocimiento a toda la plantilla como queda en la actualidad el tema del proceso de IT (incapacidad transitoria) en vacaciones.

Todo trabajador/a tiene derecho a disfrutar las vacaciones en el periodo posterior al establecido en el calendario laboral pactado, si previamente a las fechas asignadas iniciase una situación de incapacidad temporal. Por lo que se establece que las vacaciones se pueden disfrutar después del periodo de baja independientemente de que las fechas establecidas para su disfrute hayan vencido. De esta forma, se entiende que “el pleno disfrute del derecho a las vacaciones únicamente puede conseguirse cuando el trabajador/a se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo, de forma que no cabe entenderse que un trabajador en situación de IT pueda disfrutar adecuadamente de las finalidades atribuidas a las vacaciones”. Resumiendo el derecho a vacaciones no puede perderse por la Incapacidad Temporal (bien por enfermedad común o accidente laboral).

Desde la UGT valoramos positivamente la mejora, porque sienta las bases necesarias para esclarecer las doctrinas contradictorias existentes hasta ahora en cuanto el derecho del trabajador al disfrute de sus vacaciones cuando estas coincidan con una situación de IT.

Así mismo, aprovechamos la ocasión para informar que recientemente hemos reclamado esta mejora del derecho del disfrute de los días de vacaciones, que le coincidían con el periodo de baja laboral de una afiliada a UGT. La empresa ha reconocido el derecho a nuestra afiliada del disfrute posterior.

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